Hay una serie de profesiones que se organizan en torno a un Colegio Profesional, en las que sus ejercientes pueden acogerse a mutualidades propias como régimen alternativo a la Seguridad Social.
Muchas personas creen
que hacerse autónomos es la única manera para darse de alta en la
Seguridad Social cuando prestan un servicio. En ciertas profesiones, como
aquellas que se organizan en torno a un Colegio Profesional, sus ejercientes
pueden acogerse a mutualidades propias como un régimen alternativo.
En dicha mutualidad se
asocian varios profesionales para ayudarse mutuamente. La asistencia que presta
este sistema es muy similar a la que cubre la Seguridad Social a los
autónomos, como son las prestaciones por jubilacion, la viudedad, la
incapacidad laboral transitoria, etc. No debemos confundir estas mutualidades
con las que funcionan como aseguradoras privadas.
Tal y como recoge la página
web de la Seguridad Social, quedan "exentos de la obligación de alta en el
Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, los colegiados que opten o
hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social que
pudiera tener establecida el correspondiente Colegio Profesional, siempre que
la mutualidad se haya constituido antes de noviembre de 1995".
En el caso de que un
colegiado optase por enrolarse a la Seguridad Social como autónomo, ya no
podrá optar luego por la mutualidad como sistema alternativo, únicamente como
sistema complementario, por lo que no podría dejar de ser autónomo. Los
profesionales colegiados que tienen la posibilidad de ser mutualistas en lugar
de autónomos son los arquitectos técnicos, gestores administrativos, abogados,
arquitectos superiores, químicos, procuradores, peritos e ingenieros técnicos y
los médicos.
En los últimos tiempos el
sector de los mutualistas ha sufrido un importante empujón al equipararse
sus derechos al de los trabajadores autónomos. Uno de estos avances es con la
admisión de la capitalización por desempleo para el pago de las cuotas a la
seguridad social, como se puede realizar en el caso de autoempleo con las
cuotas de los autónomos, pero sobre todo por el reconocimiento del derecho a
asistencia médica por la Seguridad Social de los mutualistas. Hasta ahora
debían contratar seguros privados, aunque esta medida queda limitada a los
mutualistas con ingresos por debajo de los 100.000 euros anuales, según
informa BBVA.
Sin lugar a dudas,
convertirse en mutualista es una posibilidad más para aquellos trabajadores
independientes, sobre todo los que tienen una vinculación con las profesiones
antes señaladas.
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